En los puertos y aeropuertos cubanos la Aduana utiliza
para el control de los viajeros a la entrada al país el conocido
sistema de “Canal Rojo” y “Canal Verde”. Escoger
uno de ellos se considera a todos los efectos, como una declaración
verbal.
Utilizarán el Canal Rojo y deberán por lo tanto llenar Declaración
de Aduanas los viajeros que:
Importen artículos que n
- Importen artículos que no sean sus efectos personales. Entendiéndose
por éstos últimos todos aquellos de su propiedad que le
sean necesarios durante el viaje, habida cuenta de los motivos del mismo
y su duración, y que sean importados para su uso personal y no
para el comercio o con destino a terceros.
- Importen artículos regulados o prohibidos.
- Importen artículos que no sean de su propiedad, entregados
por terceros para residentes en Cuba.
- Importen artículos que deban pagar derechos de aduanas.
También deberán llenar Declaración de Aduanas los
viajeros que importen con la finalidad de re-exportar nuevamente:
- Moneda y otros valores por encima de los cinco mil (5,000.00) dólares.
- Obras de arte y objetos de valor museable.
El resto de los pasajeros utilizarán el Canal Verde y por lo tanto
se acogerán a la "declaración verbal". Sin embargo,
la Aduana podrá solicitar y/o efectuar el control físico
a pasajeros que hayan escogido el canal verde y a sus equipajes.
El control a las personas que viajen con pasaporte diplomático
y a su equipaje se ajustará a lo establecido en nuestra legislación
sobre el particular y las mismas utilizarán el Canal Verde.
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